RECONOCIMIENTO DE DISCAPACIDAD: PARA QUÉ SIRVE Y CÓMO SOLICITARLA


El propósito del reconocimiento administrativo de la discapacidad es compensar las desventajas sociales que la discapacidad implica, proporcionando acceso a derechos, determinados beneficios y prestaciones de distinto tipo, para equiparar oportunidades.

Las utilidades de la certificación del grado de discapacidad pueden variar en función de la normativa local, autonómica o estatal. Se solicita en los Centros Base de Valoración y orientación a personas con discapacidad. En la Comunidad de Madrid existen 9 Centros base, y dependiendo del domicilio del solicitante, tendrá que acudir al que le corresponda.

Se acude al Centro Base de forma presencial de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas con la siguiente documentación (originales):
    – Solicitud: se puede conseguir a través de la página www.madrid.org.
    – Informes médicos.
    – Copia del DNI.
    – Certificado de empadronamiento.


                                      Resultado de imagen de centro base discapacidad

Una vez entregada la documentación, se pondrán en contacto con el solicitante para citarle y realizarle una valoración por parte del EVO (Equipo de valoración y orientación, compuesto por Médicos, trabajadores sociales, psicólogos).

Transcurridos unos meses, el solicitante recibirá en su domicilio la resolución del reconocimiento de Discapacidad concedido.

En la comunidad de Madrid, destacan los siguientes beneficios:

  • Prestaciones económicas: Tales como Pensión no contributiva de invalidez (cuando el porcentaje de discapacidad sea igual o mayor al 65%), Prestaciones sociales y económicas derivadas de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad destinadas a la protección de las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% por no desarrollar actividad laboral, Prestaciones Familiares por Hijo a Cargo, etc.
  • Beneficios fiscales: Deducción o exención en impuesto y tasas:
      • Disminución de la carga tributaria por discapacidad del contribuyente, ascendientes o descendientes (en la determinación del mínimo personal y familiar) e incremento de los gastos deducibles por rendimientos del trabajo para trabajadores activos con discapacidad.
      • Reducción de IVA en: adquisición de vehículos a motor, destinados al transporte habitual de personas con discapacidad en silla de ruedas o con movilidad reducida, adquisición y reparación de sillas de ruedas, prótesis, ortesis e implantes internos para personas con discapacidad.
      • Exención del Impuesto de matriculación.
  • Deducciones en el transporte público: Descuento en las tarifas del Consorcio Regional de Transportes, tarjeta dorada de Renfe, Tarjeta especial de estacionamiento (en caso de Baremo de movilidad reducida con resultado positivo).
  • Ayudas para la adquisición de vivienda
  • Descuentos económicos en actividades culturales y de ocio.
Elena Guerra Sánchez
Trabajadora Social AFAMSO
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